La Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República y del Sistema Nacional de Control Fiscal de 17
de diciembre de 2001, entró en vigencia el 1 de enero
del año en curso, razón por la cual "se impone su examen
y estudio a los fines de formular tesis interpretativas
orientadas a optimizar el funcionamiento del sistema
nacional de control fiscal". Por este motivo, el
Tribunal Supremo de Justicia ha decidido la publicación
del presente estudio El régimen de la formulación de
reparos en la nueva Ley Orgánica de Contraloría General
de la República y del Sistema Nacional de Control
Fiscal, del distinguido Profesor Doctor José Peña Solís,
Magistrado Emérito de este Alto Tribunal.
El autor, docente por muchos años en la Universidad
Central de Venezuela, tiene gran experiencia en la
materia pues prestó sus servicios personales en la
Contraloría General de la República, donde ocupó el
cargo de Director General de los Servicios Jurídicos
(1997-1998), lo cual le "permitió conocer a fondo el
ordenamiento jurídico del sistema nacional de control
fiscal (... y) comprender en toda su dimensión su enorme
importancia (...) para la preservación de los recursos
públicos".
El trabajo que se publica comenta parcialmente la Ley
pues, como su nombre lo indica, se refiere en forma
exclusiva al régimen de formulación de reparos,
sustancialmente distinto al existente con anterioridad a
su vigencia. El nuevo sistema, a juicio del autor,
incluye "un conjunto de normas, cuya interpretación
puede suscitar serios problemas para el cabal ejercicio
de la función contralora": estos preceptos conforman el
objeto principal abordado con miras a permitir "que
puedan servir de herramientas operativas para los
titulares y demás funcionarios de los órganos de control
fiscal".
Al patrocinar esta publicación, la No. 3 de la Serie
Normativa, espera este Tribunal Supremo de Justicia que,
como apunta el autor, las tesis esbozadas "puedan servir
de punto de partida para la apertura de un debate
fructífero sobre materia tan importante para el
ejercicio de la potestad que ejercen (... dichos)
órganos, como es la declaratoria de responsabilidad
civil (reparos)".
Caracas 12 de marzo de 2002